Indica el sitio reservado para parada de tranvías. Estacionamiento reservado para taxis. Señala el sitio guardado al estacionamiento de taxis libres y en servicio. Fin de intervalo aconsejado de velocidades.
A) Que la circulación sea de día y en condiciones que no reduzcan la visibilidad. Los ciclos de motor de tres o cuatro ruedas que cumplan los criterios específicos de subclasificación auxiliares se clasifican como equivalentes técnicamente a los vehículos L1e-A de dos ruedas. La potencia de la propulsión auxiliar se interrumpe a una velocidad del vehículo menor o igual a 25 km/h. Pero eso no le impediría alcanzar una mayor agilidad, si bien sin sobrepasar jamás los 45 km/h permitidos a un ciclomotor. Tiene «un motor eléctrico auxiliar, de capacidad nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya capacidad disminuye paulativamente y que al final se pausa antes de lograr la velocidad de 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear, pero eso no impediría que pudieran alcanzar las velocidades permitidas a una bicicleta.
Normas Generales De Circulación De Peatones Por La Vía Pública
Prohibición de cambiar de dirección a la derecha. R-113. Entrada prohibida a vehículos de tracción animal. Prohibición de ingreso a automóviles de tracción animal. R-111.
Empleo obligatorio del cinturón de seguridad. Obligación de utilización del cinturón de seguridad. R-304. Media vuelta prohibida.
Una flecha, ubicada en un carril delimitado por líneas longitudinales, indica que todo conductor debe seguir la dirección, o una de las direcciones, indicada por exactamente la misma en el carril en que aquel se encuentre o, si la señalización lo deja, mudarse a otro carril. Señal de salida de una autopista o de una autovía. Indica, en una autopista o en una autovía, la dirección del ramal de la próxima salida de la misma y la dirección caracteristica de esta. A) Anunciar al conductor que se acerca a una marca longitudinal continua la prohibición que esta marca implica o la proximidad de un tramo de vía que presente un riesgo especial. En estas situaciones, la separación entre los trazos de la línea es sensiblemente mucho más corta que en el caso general.
Obligaciones Del Conductor
La forma, símbolos y nomenclaturas de las correspondientes señales que aparecen asimismo en el anexo al presente Reglamento. Cuando las circunstancias de esta manera lo exijan, los agentes podrán emplear cualquier otra indicación, distinta de las precedentes, efectuada de forma clara. Con el fin de que sean mucho más perceptibles y legibles durante la noche, las señales viales en especial las de advertencia de riesgo y las de reglamentación, deben estar iluminadas o provistas de materiales o gadgets reflectantes, según lo preparado en la regulación básica establecida a estos objetivos por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. La forma, símbolos y nomenclaturas de las señales figuran en el anexo al presente Reglamento. En tal Catálogo se especifica, la manera, color, diseño y concepto de las señales, así como las dimensiones de las mismas en función de cada tipo de vía y sus sistemas de colocación.
Indica las zonas de esencial atracción de camiones, mercancías y, en general, tráfico industrial pesado. S-710. Lugares de interés para pasajeros. Indica los lugares de interés para los viajeros, así como estaciones, aeropuertos, zonas de embarque de los puertos, hoteles, campamentos, oficinas de turismo y automóvil club. S-510.
Señala, en autopista o autovía, la cercanía de una salida hacia una zona o área de servicios, siendo esta coincidente con una salida hacia una o múltiples poblaciones. S-261. Preseñalización en carretera convencional de región o área de servicios.
La marcha atrás se advertirá con la luz de marcha atrás encendida , si se posee, o de lo contrario extendiéndose el brazo horizontalmente, con la palma de la mano hacia atrás. El resto de conductores de la vía adoptarán las medidas adecuadas para hacer más simple el paso a los automóviles prioritarios, alejándose fuera de la calzada o deteniéndose si fuera necesario. En zonas peatonales, cuando los conductores las crucen por los pasos habilitados al efecto.
El número de barras rojas indica lo próximo que nos encontramos al paso a nivel. Informa a los peatones de la situación de un paso subterráneo para atravesar o cruzar una calle o carretera. Señala el sitio en el que está un paso para viandantes. Los conductores deben cederles el paso. Los peatones deben apuntarles su intención de pasar. No obstante, aunque el semáforo esté en verde, hay que tener precaución y ver a los vehículos que circulan por la calzada y no comenzar a cruzar hasta cerciorarse de que sus conductores se han dado cuenta de que se deben detener a fin de que pasen los viandantes y que ciertamente se detienen.
En el momento en que se intente vehículos del mismo tipo o de supuestos no enumerados, la preferencia de paso se decidirá en pos del que tuviera que ofrecer marcha atrás mayor distancia y, en el caso de igualdad, del que tenga mayor anchura, longitud o peso máximo autorizado. En todos y cada uno de los casos previstos en el artículo, los individuos de la vía están obligados a continuar las indicaciones del personal designado a la regulación del paso de automóviles. Todo conductor que, por causas de emergencia, se vea obligado a circular con su vehículo por una autopista a velocidad anormalmente achicada, regulada en el producto 49 número 1 del presente Reglamento, deberá abandonarla por la primera salida. La utilización de los carriles destinados al tráfico lento, al tráfico veloz y al de los reservados a ciertos automóviles, se ajustará a eso que señalen las señales reguladas en el producto 160 del presente Reglamento.
Velocidad De Los Vehículos De Movilidad Personal (vmp)
R-110. Entrada prohibida a vehículos que transporten artículos contaminantes del agua. Prohibición de paso a todo tipo de automóviles, que transporten mucho más de tres mil litros de modelos capaces de contaminar el agua. Calzada con prioridad. Indica a los conductores de los vehículos que circulen por una calzada su prioridad en las intersecciones sobre los vehículos que circulen por otra calzada o procedan de ella.