¿es Obligación Comunicar Que Tengo Discapacidad A La Compañía?

En la página de la Seguridad Popular pone «La percepción de una pensión de incapacidad persistente total es incompatible con el desempeño de un puesto de exactamente la misma categoría o grupo profesional, siendo coincidente con otro género de actividad laboral en exactamente la misma compañía o en otra distinta». Con la intención de garantizar que el trabajo se adecúe en todo instante a las características personales y profesionales del trabajador con discapacidad y apreciar el nivel de adaptación profesional alcanzado, los Equipos Multiprofesionales le someterán a revisión, por lo menos con una periodicidad de dos años. Acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto, prestadas por preparadores laborales especialistas, con objeto de facilitar la adaptación social y laboral de trabajadores con discapacidad con particulares adversidades de inserción laboral. No se a que te refieres con ámbas pensiones, pero si te han concedido una pensión de incapacidad persistente total por la profesión habitual por el régimen general, no te van a entregar otra incapacidad por el regimen de autónomos. Cuando te conceden la incapacidad permanente te indican en la resolución que profesión frecuente se ha considerado para otorgar la incapacidad permanente total.

Tenía hasta Noviembre 2020 una IPT, en la resolución ponía que era igual al 33%de discapacidad. Me presento en un mes a una plaza de funcionaria reservada para esa discapacidad y de un trabajo compatible, que fui admitida en el momento en que aún tenía la IPT. En este momento estoy en periodo de tiempo de reclamación recurso administrativo puesto que no estoy de acuerdo con la resolución de la revisión pues no hay mejora.

¿me Tienen La Posibilidad De Despedir Si Soy Un Empleado Con Discapacidad?

En este caso, la primera cosa que hay que decir, es que la pensión es irrenunciable, sin perjuicio de que logre pedir una revisión por mejoría en el momento en que alcance el período establecido en la resolución para esto. Seguidamente, si el INSS cree que el nuevo trabajo no es compatible con la pensión, aunque no permanezca mejoría médica, podrá sacar la pensión de la incapacidad persistente. No obstante, para anular la incapacidad permanente deben haber desaparecido o reducido las dolencias que habían animado la incapacidad permanente, y todo ello aunque no haya pasado el período para realizar la revisión establecida en la resolución. Si el trabajador comienza a trabajar sin efectuar la comunicación anterior, puede ser considerado como una falta leve y sancionable con la pérdida de la prestación durante un mes. No obstante, antes de empezar el empleo, la persona trabajadora está obligado a comunicar de forma anterior al Centro Nacional de la Seguridad Social el nuevo trabajo.

es obligatorio informar a la empresa de una discapacidad reconocida

Caso de que no lo haga, y finalmente ocurra un accidente podría ser fundamento para la concesión de un recargo de posibilidades. Ampliación del periodo de tiempo de reposo por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido. En los Servicios Sociales de tu municipio, comunidad autónoma o en el propio hospital pueden informaros. Anualmente presentarán, ante el Servicio Público de Empleo correspondiente, competente para resolver la concesión de subvenciones y ayudas, una memoria de las acciones efectuadas y de los elementos financieros aplicados a exactamente las mismas. Se prohíbe la realización de horas extraordinarias, salvo las primordiales para prevenir o reparar siniestros y otros daños expepcionales. Los contenidos formativos van a deber ser informados favorablemente por el equipo multiprofesional.

Contrato Para La Capacitación En Alternancia

El artículo 3 LISMI establece que las personas con discapacidad van a tener derecho a la integración laboral. Estos centros tiene programas de acompañamiento para su creación y con subvenciones públicas. Todo ello está destinado a fomentar la integración laboral de la gente con discapacidad.

En su momento mi abogada me notificó que no había incompatibilidad. Pero en este momento sale la opción de presentarse a una oposición i hallar un puesto como funcionaria de carrera, en caso de lograrla debería renunciar a lo que cobro por incapacidad persistente total para trabajo habitual? En el caso de la discapacidad, si ésta es superior al 33& te permito una serie de provecho fiscales y sociales, y puedes proseguir con el trabajo en todos y cada uno de los casos.

es obligatorio informar a la empresa de una discapacidad reconocida

El trabajo que desepeñaba era de Conductor de 1ª y reparto; lo que viene a decierse la carga y descarga. Trabajas como maestra impartiendo los conocimientos que tienes como llamada universitaria, pero no realizas las labores por las que te dieron la incapacidad permanente. Si tienes mucho más de 55 años y no trabajas ni cobras paro, solicita la cualificada. Sí, son compatibles siendo de distintas regímenes de la seguridad popular. Y si son dos totales, de entrada, son compatibles con otro trabajo. En virtud del producto 26 de la Ley General de la Seguridad Social solo se podrán pedir las cuantías percibidas en los últimos 4 años.

¿tiene Obligación La Empresa De Amoldar El Puesto De Trabajo En Función De Mi Discapacidad?

No existe un catálogo de actividades compatibles, además tienes que tomar en consideración que en el caso de que trabajes te puede revisar la incapacidad. Hola Alejandro, resulta que en el último mes del año del 2017 me reconocen una IPT y me hacen pensionista, por su parte me reconocen un 33% de discapacidad ,trabajo en múltiples centros particulares de empleo y hasta la actualidad todo bien. En marzo de 2021 me valoran en el centro de opinión de mi ciudad , y me dicen que mantengo la discapacidad pero que no puedo ya trabajar en centros destacables por el hecho de que ha salido una nueva ley . Despues de cobrar una pequeña pensión; durante esto años, tengo la posibilidad de incorporame de nuevo al mundo laboral. Para un puesto de dependiente, en una tienda de monopatines electricos. Entiendo que serían actividades compatibles, sin perjuicio de que tienen la posibilidad de revisar la incapacidad al trabajar.

Sobre la extinción en virtud del artículo 50, entiendo que sí que es viable si existe reserva del puesto de trabajo. En este sentido, solo se debería sacar la pensión de incapacidad permanente si existe una mejora médica en la situación del trabajador, pero no se saca la pensión de incapacidad persistente por el mero hecho de empezar un nuevo trabajo. (Ver contenido cap. 9.7. sobre apoyo a la inserción laboral de personas con discapacidad en Centros Particulares de Empleo). Cuando exista la necesidad objetivamente acreditada de amortizar puestos de trabajo y en número inferior al establecido en el producto 51.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, siendo preciso en cualquier caso el informe del Equipo Multiprofesional. A dicho efecto, el empresario acreditará la resolución extintiva en causas económicas, en los términos previstos en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. Los representantes de los trabajadores van a tener prioridad de permanencia en la empresa en este supuesto.

Los Derechos De Los Trabajadores Con Discapacidad: ¿cuáles Son?

Ahora bien, en la práctica, nada impide que el trabajador busque un empleo y empiece a trabajar en su profesión frecuente. En caso de que se pueda poner en riesgo a cualquier trabajador, la Ley de Prevención de Peligros laborales, establece la obligación de efectuar un reconocimiento médico. Antes de ser contratados, la empresa frecuenta efectuar una evaluación de la incapacidad del trabajador y de las funcionalidades que va a realizar el trabajador para ver si funciona o no. Esto es, comenzar a trabajar es fundamento para que la Seguridad Social pueda comprobar la incapacidad persistente antes de la fecha que se había predeterminado inicialmente.

9.000 € por persona y año en que se haya aumentado el promedio de trabajadores en plantilla con un nivel de discapacidad igual o superior al 33 %. Acreditación por parte de la empresa de cuestiones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motiven especial dificultad para incorporar a trabajadores con discapacidad. La integración popular de la gente con discapacidad es un derecho constitucional, y se ajusta a estos poderes públicos hacer políticas que eliminen las barreras que la previenen o complican.